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NORMA
TECNICA ECUATORIANA NTE INEN 260:99
AZUCAR REFINADO. REQUISITOS.
PRIMERA
EDICION
1.-
OBJETO
1.1.-
Esta norma establece los requisitos que debe cumplir el azúcar refinado
2.-
ALCANCE
Esta norma se aplica
al azúcar refinado obtenido a partir de azúcar crudo o azúcar blanco
mediante un proceso de refinación.
3.- DEFINICIONES
3.1.- Azúcar. Es la
denominación común del producto constituido principalmente por sacorasa,
que se extrae generalmente de la caña de azúcar (Saccharum ofifcinarum
L) o de la remolacha azucarera (Beta Vulgaris L)
3.2.- Sacarosa.- Es
el disacárido constituido por la unión de Fructuosa y Dextrosa.
Corresponde a la fórmula química: C12H22O11.
En estado sólido cristaliza en el sistema monoclínico en forma de
cristales anhidros transparentes y hemihedrales, en solución acuosa tiene
una rotación específica de:
Rotación Específica 20D
=
+ 66,53°
3.3.- Azúcar crudo.
Es el producto cristalizado, obtenido del cocimiento del jugo fresco de la
caña de azúcar o de la remolacha azucarera, constituido esencialmente
por cristales sueltos de sacarosa cubiertos por una película de su miel
madre original.
3.4.- Azúcar
blanco. Es el producto cristalizado, obtenido del cocimiento del jugo
fresco de la caña de azúcar o de la remolacha azucarera, previamente
purificado en un proceso de clarificación con cal y azufre.
3.5.- Azúcar
refinado es el producto cristalizado obtenido por fundición del azúcar
crudo o azúcar blanco seguido de un proceso de decoloración y purificación
4.- DISPOSICIONES GENERALES
4.1.- El azúcar
refinado debe tener color, olor, y sabor característicos, libre de aromas
u olores extraños.
4.2.- El azúcar
refinado debe estar exento de materia extraña y de sustancias de uso no
permitido. Los residuos de pesticidas, plaguicidas y sus metabolitos no
podrán superar los límites establecidos por el Codex Alimentario y el
FDA.
4.3.- El azúcar
refinado debe ser procesado bajo condiciones sanitarias adecuadas que
permitan reducir al mínimo la contaminación por hongos, bacterias y
microorganismos en general.
4.4.- No se permite
la adición de colorantes ni otras sustancias que modifiquen la naturaleza
del producto.
4.5.-
El tamaño del grano del cristal del azúcar refinado debe ser uniforme.
5.-
REQUISITOS
5.1.-
REQUISITOS ESPECIFICOS
5.1.1.- El azúcar
refinado ensayado de acuerdo a las normas correspondientes debe cumplir
con los requisitos establecidos en la tabla 1.
TABLA
1.- REQUISITOS PARA EL AZUCAR REFINADO
REQUISITOS
| REQUISITO |
UNIDAD |
MAXIMO |
METODO
DE |
| ENSAYO |
| Recuento
de mesófilos aerobios |
UFC/g |
2,0
x 102 |
NTE
INEN 1 529-5 |
| Coliformes
totales |
|
NMP/g |
<
3 |
NTE
INEN 1 529-6 |
| Recuento
de mohos y levaduras |
UFC/G |
1,0
x 102 |
NTE
INEN 1 529-10 |
NTE
INEN 271
"Z
°S x 0,99971
5.1.2.-
El azúcar refinado ensayado de acuerdo a las normas correspondientes debe
cumplir con los requisitos microbiológicos establecidos en la tabla 2.
TABLA
2.- REQUISITOS MICROBIOLOGICOS PARA EL AZUCAR REFINADO
5.2.- REQUISITOS COMPLEMENTARIOS
5.2.1.-
El peso o contenido neto de los envases de azúcar blanco especial debe
cumplir con el peso declarado, de acuerdo a NTE INEN 480
5.2.2.-
Es responsabilidad de cada uno de los niveles de la cadena de Producción,
embalaje, almacenamiento, transporte, distribución y ventas, el cumplir y
hacer cumplir los requisitos establecidos en el Código de la Salud, en
caso de incumplimiento, debe responsabilizarse cada uno en su nivel
respectivo de esta cadena, a fin de que el azúcar blanco especial llegue
al consumidor en óptimas condiciones.
6.-
INSPECCION
6.1.-
MUESTREO
6.1.1.-
El muestreo debe realizarse de acuerdo con la NTE INEN 262.
6.1.2.-
En la muestra debe realizarse de acuerdo con la NTE INEN 262
6.2 ACEPTACION O RECHAZO
6.2.1.-
Se acepta el lote si las muestras analizadas cumplen con los requsitos
establecidos en esta norma: caso contrario se rechaza el lote.
7.- ENVASADO Y EMBALADO
7.1.-
Los envases y embalajes deben ser de materiales de naturaleza tal que no
reaccionen con el producto.
7.2.-
Los materiales usados para envasar y embalar deben estar limpios y deben
proteger al producto de cualquier contaminación durante el transporte y
alamcenamiento.
7.3.- El
azúcar refinado debe envasarse en recipientes de materiales aptos tales
como: papel kraft, polietileno, polietileno, polipropileno y otros que la
autoridad sanitaria lo permita.
8.-
ROTULADO
8.1.- El
rotulado del azúcar refinado debe cumplir con lo especificado en la NTE
INEN 1 334
Azúcar y
Confitería
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