REQUISITOS PARA PRODUCIR ALIMENTOS DE USO ZOOTÉCNICO

 

 

a)       Solicitud dirigida al señor  Subsecretario de Fomento Agroproductivo, incluyendo nombre y dirección del solicitante y de la Empresa que representa;

 

b)      Nomina del personal técnico que labora en la empresa,  incluyendo el currículo vitae;

 

c)       Descripción de los equipos e instalaciones que posee y que garantice el proceso de elaboración y control interno de la calidad de los productos incluyendo laboratorio;

 

d)      Dirección completa de la bodega y almacén;

 

e)      Tarjetas de garantía de cada tipo de alimento elaborado en las que se indique:

 

v     Porcentaje mínimo de proteína  y grasa, máximo de fibra (alimentos balanceados)

 

v     Porcentaje de cada uno de los minerales e ingredientes (sales y mezclas minerales)

 

v     Precio

 

v     Peso (Kg)

 

v     Lista de los ingredientes utilizados

 

v     Fecha de elaboración

 

v     Tiempo de validez de producto

 

v     Indicaciones sobre el uso de alimento

 

f)         Envío de muestra al laboratorio de bromatología del SESA, ubicado en  Tumbaco, para el análisis proximal completo.

g)      Enfoque aprobado de la supervisión a la productora de alimentos zootécnicos, por funcionarios de la Dirección de la DIPA.

 

      h)   Las personas jurídicas: nombramiento del representante legal inscrito en el Registro     

Mercantil, copia certificada de la escritura de constitución, certificado de cumplimiento de

            Obligaciones otorgado por la Superintendencia  de Compañías correspondiente al último

Ejercicio

.

      i)    Fotocopia de la Cédula de Identidad, certificado actualizado de pertenecer a una de las

Cámaras o Gremios de la Producción, fotocopia del RUC, copia de los depósitos efectuados en el Banco Nacional de Fomento, por concepto de las tasas de inscripción por el valor de $ 200,oo (DOSCIENTOS DOLARES) en la cuenta No. 0100011379, establecida en el Acuerdo Ministerial No. 079, etiqueta conforme lo establecido en la norma INEN, literatura técnica y copia del nombramiento del Médico Veterinario o Químico debidamente certificado por el Colegio Profesional.

 

j)    Copia del depósito de la misma cuenta por el valor de $ 50,oo (CINCUENTA DOLARES)     

             por cada fórmula alimenticia, que produce la empresa y que va a ser registrada.

 

      k)    Valor por renovación de producto $ 20,oo (VEINTE DOLARES).

 

 

 

      Elaborado por:

      Ing.N.Guerrero-Regulación y control de insumos agropecuarios-DIPA